FUNCIONES
- Evaluar documentación presentada para otorgar Factibilidad y/o Autorización de vertido (EDAR, MEUL, entre otros), y realizar el proyecto de resolución previo a su dictado.
- Programar y ejecutar la fiscalización de descargas de efluentes líquidos en los cursos de agua provincial, superficial y subterráneos registradas en el Registro de Actividades Antrópicas Generadoras de Efluentes (RAAGE), previsto en el Decreto 847/16.
- Efectuar el relevamiento continuo de fuentes contaminantes para actualizar el RAAGE, para cobro de canon.
- Verificar quelas instalaciones, dispositivos necesarios para el control posterior de los efluentes, y cronograma de trabajo se ajusten al proyecto presentado.
- Intervenir en la elaboración de normas para la protección de los recursos hídricos provinciales y en la revisión de los existentes (Decreto 847/16, Ley del aire, Comisión para estándares de cosecha de agua y Comisión de recarga de acuíferos, Residuos Pecuarios, entre otras).
- Analizar e investigar nuevas técnicas de tratamiento de efluentes y medidas para minimizar contaminantes (Buenas prácticas y optimización de procesos).
- Organizar cursos y charlas técnicas tanto para profesionales, organismos y municipios para la difusión del Decreto 847/16.
- Determinar la factibilidad de ejecución o implementación de sistemas de tratamiento, en función del cuerpo receptor previsto, la normativa existente y el cronograma presentado.
- Fijar condiciones para regularizar cualquier situación de infracción por parte de usuarios del recurso.
- Asesorar a usuarios sobre aspectos técnicos/profesionales relacionados al tratamiento y disposición final de líquidos residuales o potenciales contaminantes de cursos de agua, y al funcionamiento de sistemas de tratamiento.